De igual manera permite reactivar la cobertura a un trabajador al cual se le ha reportado un retiro a futuro, pero que en realidad no se va a retirar de la empresa.• En cuanto a los trabajadores del magisterio, el artículo 14 del Decreto 1703 de 2002 establece que en estos casos el fondo especial deberá cotizar al Fosyga por el mayor valor de l